martes, 28 de diciembre de 2010

Heráldica

A mayores de las reglas de heráldica expuestas en el propio manual, la heráldica en Hyspania tiene unas pocas normas adicionales.

Primero, el número de elementos que puede tener un escudo nobiliario depende de la posición de la Casa. Una Casa de Marquesado sólo puede tener un elemento sobre el campo; una Casa de Condado puede tener dos elementos sobre su correspondiente campo; finalmente, las Casas Ducales pueden tener tantos elementos como deseen, para marcar claramente su posición como las Casas gobernantes.

Los escudos de los caballeros de las diferentes Casas son, normalmente, variaciones del escudo de la Casa a la que pertenecen. Se les permite, para esto, añadir un elemento adicional al que correspondería por Casa, de modo que normalmente se trata del escudo de su Casa con un añadido adicional que identifica al caballero correspondiente. Obviamente, es cierto que hay caballeros que no usan este sistema, sino que usan escudos completamente únicos, pero son minoría.

Finalmente, las diferentes Casas pueden recibir prerrogativas reales para incluir elementos adicionales externos al escudo de la Casa. La mayor parte de las Casas tienen permiso para situar un yelmo sobre el escudo, aunque raramente existen Casas (sobretodo las más antiguas) que incluyen otro tipo de elementos externos, como papiros y similares. Todos estos elementos el Rey sólo los concede por grandes hechos del pasado, de modo que son relativamente escasos en las Casas de rango inferior al Condal.

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